Expropiación

Para dar certeza jurídica a la reconstrucción y acceso a los derechos de las familias damnificadas, la Comisión ha regulado las ocupaciones de inmuebles que no contaban con un instrumento de propiedad al momento del evento sísmico, a través de mil 151 declaraciones juradas que son un instrumento para que las personas damnificadas manifiesten ante fedatario público y dos testigos el tiempo que habitó el inmueble al momento del fenómeno. Adicionalmente, se ha establecido la garantía de preexistencia. En este proceso los damnificados puedan alcanzar el mayor metraje de construcción posible con el recurso disponible conforme al Plan Integral para la Reconstrucción.

Entre los mecanismos que la Comisión ha utilizado para dar certeza jurídica a las personas damnificadas, se encuentra la expropiación concertada de inmuebles. En este esquema, en el caso de que no sea posible acreditar la propiedad, legítima posesión o causahabiencia, el Gobierno de la Ciudad de México interviene por causa de utilidad pública para realizar una adquisición por vía de derecho público total o parcial para su regularización y consecuente restitución.

¿Qué es una expropiación?

Es una herramienta jurídico administrativa que la Comisión utiliza para que ninguna familia afectada por el sismo de septiembre de 2017, que se vea impedida para acreditar la propiedad, legítima posesión o causahabiencia de un inmueble, se quede fuera del Programa de Reconstrucción.

Con esta herramienta, previo análisis, valoración y, en su caso, aprobación de la Comisión para la Reconstrucción, el Gobierno de la Ciudad de México interviene por causa de utilidad pública para realizar por vía de derecho público, la adquisición de un inmueble, ya sea de manera total o parcial, para su regularización y restitución.

¿Cuál es el fundamento legal para la expropiación?

Dicho procedimiento tiene su fundamento en la Ley de Expropiaciones, en los artículos 24 fracción c y 25 de la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México; y, en la “Circular que establece los lineamientos generales para la integración y tramitación de los expedientes de expropiación para la reconstrucción integral de la Ciudad de México”, publicada en la gaceta oficial del 19 de junio del 2019.

¿Cuál es el proceso que sigue la Comisión para la expropiación?

La Comisión requiere de un dictamen que emite el Notario Público asignado que atiende el inmueble, mediante el cual, determina la situación de la propiedad; una vez éste es entregado, se pone a consideración de procedencia ante los integrantes de la Mesa Legal para, posteriormente, iniciar el proceso ante la autoridad competente del gobierno de la Ciudad de México.

Motivos para iniciar el procedimiento de expropiación y su finalidad.

En el caso en que no sea posible acreditar la propiedad, legítima posesión o causahabiencia, el Gobierno de la Ciudad de México, podrá intervenir por causa de utilidad pública para realizar una adquisición por vía de derecho público, ya sea de manera total o parcial, para su regularización y consecuente restitución.

Previo análisis, valoración, y en su caso aprobación de la Comisión, en conjunto con la Mesa Legal, para cada caso en particular.

¿Cuáles son los inmuebles expropiados a petición de la Comisión para la Reconstrucción?

Hasta el momento se han expropiado los siguientes inmuebles afectados por el sismo de septiembre de 2017:

  1. Dr. Lucio 102, col. Doctores, alcaldía Cuauhtémoc.
  2. Dr. Lucio 103, col. Doctores, alcaldía Cuauhtémoc.
  3. Av. México 11, col. Hipódromo Condesa, alcaldía Cuauhtémoc, (dpto. 102).
  4. Av. Taxqueña 1291, col. Campestre Churubusco, alcaldía Coyoacán.
  5. Calle Antigua Taxqueña 70, col. Parque San Andrés, alcaldía Coyoacán, (dpto. 52, 54 y PH 4).
  6. Calzada del Hueso N° 713, col. Coapa, Ex Hacienda Coapa, alcaldía Tlalpan, (dpto. 110 local 04).
  7. Coquimbo 911, col. Lindavista Norte, alcaldía Gustavo A. Madero, (dpto. 302).
  8. Guanajuato No. 226, col. Roma Norte, Cuauhtémoc.
  9. Hacienda de la Escalera N° 11, col. Prado Coapa, alcaldía Tlalpan, (dpto. 303 y 401).
  10. La Morena 312, col. Del Valle Nte, alcaldía Benito Juárez. (dpto. 104, 202, 302, 303 y 603).
  11. Medellín 393, col. del Valle Norte, alcaldía Benito Juárez.
  12. Oriente 155 No. 3702, col. Salvador Díaz Mirón, alcaldía Gustavo A. Madero.
  13. Oriente 155 No. 3718, col. Salvador Díaz Mirón, alcaldía Gustavo A. Madero.
  14. Pacifico 455, col. La Candelaria, alcaldía Coyoacán. (dpto. 103 y 105 cajón de estac. 03).
  15. Paseo de los Laureles N° 187, col. Paseos de Taxqueña, alcaldía Coyoacán, (dpto 602, 802 y 803).
  16. Pitágoras 316, col. Narvarte Poniente, alcaldía Benito Juárez.
  17. San Antonio Abad 39, col. Obrera, alcaldía Cuauhtémoc.
  18. Xola 32, col. Álamos, alcaldía Benito Juárez. (dpto 704).
  19. Zapata 56, col. Portales Sur, alcaldía de Benito Juárez.
  20. Paseo de los Granados 76, Col. Paseos de Taxqueña, alcaldía Coyoacán (dpto 601)
  21. Miramontes N° 1868, Col. Campestre Churubusco, alcaldía Iztapalapa, (Cuarto de servicio número 2)
  22. Calle Hacienda Pastejé 35, col. Floresta Coyoacán, Alcaldía Tlalpan (Bodegas 01,02 y 04)
  23. Av. División del Norte 4120, col. Floresta, alcaldía Tlalpan
  24. Chihuahua 129, col. Roma Norte, alcaldía Cuauhtémoc
  25. Saratoga 714, col. Portales Sur, alcaldía Benito Juárez. (dptos. 101, 104, 201, 301, 303 y 404)
  26. Nicolas San Juan N° 308, col. Narvarte Poniente, alcaldía Benito Juárez. (dpto 01)
  27. Sinaloa 95, colonia Roma Norte, alcaldía Cuauhtémoc.(dptos. 03, 06, 08 y 10)
  28. Prosperidad 04, col. Escalón II Sección, alcaldía Miguel Hidalgo.(dptos. 102, 104,301 y 303)
  29. Paseo de los Pirules 100, esq. Paseo de las Higueras, col Paseos de Taxqueña, alcaldía Coyoacán. (dptos 301 y 402)
  30. Cafetales 1710, col. Coapa Hacienda de Coyoacán, alcaldía Coyoacán. (dptos. 101, 201 y 402)
  31. Rio Tiber 24, Col. Cuauhtemoc, Alcaldía Cuauhtemoc. (Coopropiedad 8 dpto. y 01 local)
  32. Rio Balsas N° 18, Col. Miravalle Alcaldía Benito Juárez (dpto. 202, 204 y 403)
  33. Alfonso reyes 188, Col. Hipódromo, Alcaldía Cuauhtemoc (dpto. 101)
  34. General Manuel Rincon 142, Col. General Pedro María Anaya, Alcaldía Benito Juárez (Dpto 104 y 304)
  35. Cerrada Tajín 17, col. Santa Cruz Atoyac, Alcaldía Benito Juárez (dptos. 501 y 602)
  36. Calle Linares 43, col. Roma Sur, alcaldía Cuauhtémoc (dptos 101 y 401 y sus respectivos cuartos de servicio)
  37. Monterrey 275, col. Roma Sur, alcaldía Cuauhtémoc (dptos. 102, 401, 701)
  38. Monrovia 1207, col. Portales, alcaldía Benito Juárez (dptos. 203, 302 304 y 401)
  39. Callejón de la Igualdad 32, Col. Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, Cd. de México.
  40. Bertha 111, Col. Nativitas, Alcaldía Benito Juárez. C.P. 03500, Ciudad de México. (dpto. 03, cajones 02, 03, 04 Y 05)
  41. Paseo de las Galias 47, Colonia Lomas Estrella, Allcaldia Iztapalapa, C.P. 09890, Ciudad de México (dpto. 302)
  42. Amsterdam 86, Col. Hipodromo, Alcaldía Cuauhtemoc (dptos. 201 y 302)
  43. Tlalpan 1261, Col. San Simón Ticuman, Alcaldía Benito Juárez. (dptos. 101, 106, 206, 302, 306 y 308)
  44. Viaducto Miguel Aleman 67, Col. Roma Sur, Alcaldía Cuauhtémoc (dpto. 402 )